Buscando salvaguardar su patrimonio, algunos patrones, exigen a sus nuevos colaboradores, que además de firmar su contrato laboral, firmen una hoja en blanco, incluso, algunos más amañados solicitan que firmen una hoja tamaño oficio con un pequeño párrafo, en la cual posteriormente cortan el texto y termina simulando una hoja tamaño carta, esto con el fin de que llegado el momento, puedan imprimir la leyenda de renuncia del subordinado sin su autorización y poder exhibirla en un juicio laboral.
Queda claro entonces que además de ser un acto inmoral y cero ético, además es una práctica indebida y en caso de exhibir el documento alterado en un juicio laboral, se considera una actuación notoriamente improcedente, en términos de los artículos 48, 48 Bis, fracción I, incisos a) y c) y 133, fracción VII de la LFT.
Es por esto que, solicitar a los trabajadores que se firme una hoja en blanco con el ánimo de restringir un derecho laboral, no surte efectos laborales. Sin olvidar que, los patrones serán acreedores a una multa, por el equivalente de 100 a 1000 veces la UMA, esto es de 8,962.00 a 86,620.00 actualmente.
E incluso debemos recalcar que, la conducta descrita puede implicar una pena de prisión de seis meses a cuatro años de prisión, de acreditarse que el documento presentado como renuncia es falso (art. 1006, LFT).
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