En la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX (JLCA CDMX), realizada el 10 de agosto de 2021, se publicó el aviso de la nueva dinámica de atención de las Juntas Especiales (JE), con el objetivo de salvaguardar la salud de los usuarios, litigantes y funcionarios públicos, y disminuir el contagio por el COVID-19.
Por lo tanto, a partir del 11 de agosto de 2021, quedan suspendidos los términos procesales de las JE, según el grupo al que pertenezcan, conforme lo siguiente:
Asimismo, se dejan sin efectos las audiencias y diligencias programadas en dichos periodos, quedando firmes únicamente las citas correspondientes a cumplimientos de convenios, laudos y la práctica de notificaciones.
Lo anterior no altera el cómputo de los términos prescriptivos que señala la LFT, tales como las acciones de los trabajadores para exigir el pago de prestaciones, demandar el despido injustificado, reclamar indemnizaciones, etcétera (arts. 516, 517, 518, 519 y 520, LFT).
Durante los lapsos de suspensión, las JE pueden emitir acuerdos, realizar citaciones, notificaciones y emplazamientos, los cuales surtirán efectos el primer día hábil en que se levante la suspensión referida.
La presentación de las demandas y promociones se harán de la forma habitual, exhortando a los litigantes a que utilicen primordialmente el Sistema de Recepción de Demandas (SIREDE)
Finalmente, se pide a los usuarios que los trámites que lleven a cabo los realicen en el menor tiempo posible, con el propósito de abreviar su estancia dentro del local de la JLCA CDMX.
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